CARTEL DE VEHÍCULOS

CARTEL DE VEHÍCULOS

Informe pericial de daños de cártel de fabricantes de automóviles

 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante “CNMC”) dictó resolución en el expediente denominado “Cártel de fabricantes de automóviles” nº S/0482/13 de fecha 23 de julio de 2015, contra diversas empresas por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (referida en lo sucesivo como la “LDC”) y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (referido en lo sucesivo como el “TFUE”).

Ello implica (i) la venta de vehículos automóviles nuevos y usados, (ii) recambios y accesorios, así como (iii) la prestación de los servicios de posventa realizadas por dichas marcas de automóviles en España a través de sus Redes oficiales de concesionarios y talleres autorizados, incluyendo concesionarios independientes del fabricante de la marca en cuestión y/o filiales propias de la empresa fabricante, todos ellos parte de dicha Red oficial de concesionarios de cada una de las marcas.

 

¿Qué marcas están afectadas?

Audi, BMW, Chevrolet, Citroën, Fiat, Lancia, Alfa Romeo, Ford, Honda, Hyundai, Kia, Mazda, Nissan, Opel, Peugeot, Renault, Chrysler-Jeep-Dodge, Saab, Seat, Skoda, Toyota, VW, Mercedes, Mitsubishi, Porsche, Lexus y Volvo.

 

¿Quién puede reclamar por el cártel de vehículos?

  • Personas físicas y jurídicas que adquirieron un vehículo nuevo o usado ya fuese por compra, leasing o renting entre 2006 y 2013.
  • Los usuarios de los servicios posventa y de taller de cualquiera de las marcas que conforman el cártel de los coches entre 2006 y 2013

 

La importancia del informe pericial

Con el fin de reclamar una indemnización es imperativo el informe pericial para determinar el perjuicio sufrido y así establecer una indemnización por el sobrecoste en los vehículos y servicios relacionados con los automóviles de las marcas en cuestión.

Las mayoría de las sentencias desestimatorias publicadas hasta la fecha, atacan de manera frontal la calidad del informe pericial.

Al ser un informe de corte muy técnico, es clave que el informe sea muy didáctico y disponer de un equipo de expertos con amplia experiencia en ratificaciones que sean capaces de trasladar de manera fácil el mensaje al juez.

Por otro lado, los fabricantes de automóviles han contratado a las firmas de forensic más relevantes a nivel mundial para defender sus posiciones, lo que hace esencial que la solidez del informe sea intachable.

 

La calidad de nuestro informe pericial

Desde RHO Finanzas ofrecemos un informe de máxima calidad y solidez por los siguientes motivos:

  • Elaboración de un modelo econométricos con los más altos estándares técnicos que sigue de manera rigurosa la guía práctica de la UE.
  • La base de datos de la cual se nutre nuestro modelo econométrico tiene como origen a los propios fabricantes y no es un muestreo sino un censo. Esta base de datos está certificada por un tercero independiente.
  • Disponemos de un informe interno de los concesionarios en el que se demuestra que las variables utilizadas en nuestro modelo econométrico son las mismas variables que las utilizadas por éstos para la fijación de precios.
  • Demostramos de manera fehaciente y detallada porqué el daño del cártel de fabricantes se traslada al consumidor final y no es absorbido por los concesionarios.

 

Autores de contrastado prestigio y experiencia

Disponer de las máximas garantías para obtener sentencias estimatorias requiere tanto de un informe de elevada solidez como de unos autores que sepan trasladar de manera efectiva en la ratificación el mensaje a las autoridades judiciales. En este sentido RHO Finanzas ofrece:

  • Equipo liderado por el prestigioso catedrático Prosper Lamothe Fernández.
  • Co-autores de alta cualificación, conformado por doctores en economía y/o profesionales con importantes certificaciones (REFOR, ACFE, etc.) y/o amplia experiencia docente en el ámbito universitario.
  • Autores con elevada experiencia en ratificaciones de este tipo ya que todos los autores han participado en los juicios relacionados con el cartel de los camiones.

 

Documentación necesaria

Para la elaboración del informe será preciso aportar la documentación que demuestre la relación entre el comprador y el fabricante de automóviles o el distribuidor.

El principal documento será la factura de adquisición del vehículo emitida por el concesionario/distribuidora (leasing, renting, compra-venta).

En caso de no disponer de dicha factura, serán válidos los siguientes documentos para acreditar el precio y la titularidad:

  • Contrato de compraventa o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting
  • Ficha técnica del vehículo de la DGT o permiso de circulación del vehículo
  • Modelo 576 de la Agencia Tributaria del Impuesto de matriculación y/o extracto bancario del mes del año de compra para localizar el cargo por la compra del coche.